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Bibliografía

¡Viva la Pepa! : Los frutos del liberalismo español en el siglo XIX 
Felipe-José de Vicente Algueró (Madrid; Gota a gota, 2009)

La Constitución de Cádiz: una mirada crítica
Manuel Moreno Alonso y epílogo de Jorge Esteban (Sevilla; Alfar, 2011)

La Constitución de Cádiz (1812). Y Discurso preliminar a la Constitución

Antonio Fernández García – edición, introducción y notas (Madrid; Castalia, 2002)

Francisco de Goya

Nigel Glendinning – colección «El arte y sus creadores», nº 30 (Madrid; Cuadernos de Historia 16, 1993) págs. 80-84

Conclusiones

Una vez acabada la investigación, hemos podido documentar todos los aspectos que en los objetivos adelantábamos que cubriríamos. Muestra de ello es la extensa documentación empleada, lo que advierte un trabajo muy productivo y rico en cuanto a aspectos periodísticos se refiere.

Dado que nos encontramos en el año del 200 aniversario de la Constitución, no ha habido mucho problema a la hora de encontrar información – tanto en internet como en las bibliotecas – respecto a ella. La dificultad ha reinado en el momento de la clasificación y selección de fuentes; puesto que, por una parte es positivo tener acceso a tanta información, pero por otro lado, no podemos olvidar contrastar los datos, ya que al res tan amplio el caudal de información, podemos encontrar fácilmente informaciones erróneas o poco precisas, que nos lleven por el camino equivocado, propiciando así un error que no podría perdonar el lector de esta investigación.

Cabe destacar que este trabajo ha servido para trabajar las fuentes documentales, pero más allá,  ha servido para profundizar un tema tan importante para la historia de nuestro país, como es la Constitución de 1812.

Lo que advertimos al principio, de los dos puntos por los cuales ‘La Pepa’ es tan recordada (por ser la primera constitución española, y además ser un ejemplo de constitución liberal para Europa) ha quedado en evidencia, ya que después  de terminar esta tarea, el lector caerá en la cuenta de la importancia que obtuvo aquel texto promulgado en Cádiz hace ya 200 años, puesto que influyó tanto en los anteriores puntos nombrados, como en la independencia de las colonias, así como tuvo su repercusión en el arte, en la literatura o en la música.

Terminar con esta última parte destacando el placer que ha supuesto el indagar en la historia de nuestro país, ya que ayuda a comprender nuestra evolución, y permite tener un amplio conocimiento de la historia que nos precede para poder así comprender muchos de los sucesos que ocurren en nuestros días.

Es por todo ello que he querido compartir este trabajo de investigación y documentación en la red, para que los lectores puedan acceder de un modo diferente. Es así como he creado un blog, el cual se encuentra alojado en el sitio web wordpress.

Documental ofrecido por La 2 de Televisión española sobre el acontecimiento:

http://www.rtve.es/alacarta/videos/viva-la-pepa/viva-pepa-capitulo-1-revolucion-espanola/1352551/ – capítulo 1

http://www.rtve.es/alacarta/videos/viva-la-pepa/viva-pepa-capitulo-2-aventuras-desventuras-constitucion-1812/1435443/ – capítulo 2

La Pepa en los medios de comunicación

Puesto que en aquella época no había tal cantidad de medios como los que hay en nuestros días, este apartado se va a dividir en prensa de la época, y en el tratamiento que los medios actuales dan a la conmemoración de La Pepa, en cualquiera de sus versiones: prensa, radio, televisión e internet.

Para empezar, hay que destacar que la libertad prensa de hoy en día, sentó sus bases en la Constitución de 1812.
Anteriormente era denominada libertad de imprenta, y como podemos observar, tanto la definición, como el contexto y su uso ha ido variando a lo largo de los años, y con las diferentes constituciones proclamadas en España.

Debemos establecer como principio la diferencia entre prensa e imprenta; el sustantivo prensa al principio no era ni tenido en cuenta, ya que la preocupación del poder recaía en el papel impreso, indistintamente del género al que representase.

No obstante, los reyes españoles han tenido siempre cierto interés en el control de la prensa y la imprenta, y es que mediante los textos se podía dominar a la sociedad. A su vez, el dominio aumentaba a la par que disminuía la población analfabeta, y por ello empezaron a crearse libretos y más tarde diarios o revistas como el Mercurio Histórico Político o la Gaceta de Madrid.

El auge de las gacetas desde el siglo XV hasta la Constitución de la que hablamos es monstruoso. Con el consentimiento de los monarcas, o sin él, el número de papeles se vio incrementado, tiñéndose con las tendencias políticas predominantes de cada momento. Cuando el contenido era a favor de los gobernantes, estos contaban con subvenciones del Estado; pero como la gran mayoría expresaban ideas contrarias, eran perseguidos con fiereza, y hacían valer las censuras como arma más valiosa en esa guerra de tinta.

En los años de la Ilustración, la prensa española se afrancesó, deparando esta época en la ya comentada Guerra de la Independencia de 1808.
Fue entonces, una vez declarada la guerra a Francia, que se dio la libertad de prensa total; cualquier decreto represor de prensa quedaba anulado.
Por lo cual, es en febrero de 1812 cuando se empieza a preparar la vía de los escritos que encontramos en el artículo 131, donde se establece que las Cortes deberán “proteger la libertad política de la imprenta” y en el 371 de la Constitución.

Art. 371. Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes.”

Podemos traducir esto en la creación de decretos y censuras para evitar el descontrol de las publicaciones. De todos modos, el crecimiento fue muy rápido, pero de escasa calidad, ya que aparecen periódicos incluso en zonas en las que ni siquiera antes había habido ningún movimiento.

Destacar, entonces, la proliferación de dos ramas ideológicas importantes que ven la luz: la prensa liberal y la prensa absolutista.
Este tipo de periodismo de masas aportó cosas buenas, como el nivel de compromiso de los participantes de aquellos “papeles”. Además, sirvieron para la difusión de la literatura y las innovaciones científicas.
Un punto en contra, lo encontramos al descubrir que el descontrol del nacimiento de tanta nueva prensa desembocó en un periodismo de mala calidad, puesto que los fundadores eran idealistas de extremos, y por lo tanto, los redactores dejaban mucho que desear.

Estas evoluciones acontecidas de forma tan ligera, en el que, como Mª Cruz Seoane, historiadora y periodista, denominase “siglo por excelencia del periodismo español” han continuado exaltando la libertad de prensa en las distintas constituciones hasta nuestros días, donde la mayoría de países goza de amplias libertades.
Por tanto, estamos en potestad de admitir que el periodismo de hoy en día disfruta de privilegios, cuyo origen radica en las revoluciones de principios del siglo XIX, y por descontado, en la Constitución de 1812, que sentó pues, el precedente para las siguientes aboliciones de censuras.

Destacar, por último, respecto a la prensa de aquellos días, que tres de las ediciones más importantes, y gracias a las que hoy podemos saber que pasó aquel 19 de marzo de 1812 son Diario Mercantil de Cádiz, El Conciso y El Redactor General.

Los medios de comunicación gozan por tanto de la libertad, en base a aquellos escritos de Cádiz. No obstante hay leyes que regulan la información y libros de estilo que marcan las pautas de cada medio, bien sea escrito o audiovisual.

De cualquier modo, sea por las bases que prestó la constitución a la libertad de expresión, o sea por el hito que marcó en la historia, los medios de comunicación de han hecho eco de la conmemoración del aniversario del segundo centenario de La Pepa.
Bien es cierto que han sido en su mayoría en los días próximos al 19 de marzo, pero, dada la evolución tecnológica que nos brindan nuevas posibilidades, tenemos posibilidad de acceder a ellas todo el tiempo.

En la radio, se dieron cita grandes historiadores, que ofrecieron sus distintos puntos de vista sobre aquella Constitución; los hay quienes la consideran un hito, y quienes por el contrario no le encuentran el valor suficiente por el cual es tan rememorada.
A su vez, muchos de estos historiadores, han aprovechado este año y la coincidencia del aniversario para publicar libros donde, una vez más, plasmar sus informaciones y ofrecer a la sociedad información sobre la misma.

En prensa, el día de auge fue el mismo 19 de marzo, no obstante, se pueden consultar las ediciones de ese día en internet, ya que, además de los reportajes que se incluyeron en el papel, en internet se amplió la información y se añadieron, además, más testimonios y reportajes más exhaustivos. La prensa especializada, esto es, revistas de historia, no dejaron escapar tampoco la ocasión de publicar entre sus páginas los resquicios de aquellas Cortes celebradas en Cádiz.

En televisión, se han hecho reportajes mostrando los diferentes aspectos y contando con testimonios de primera mano, asimismo, los telediarios ofrecieron un espacio de su emisión a la conmemoración de la Constitución.
Estos reportajes, al igual que los de prensa, los podemos encontrar hoy día en las hemerotecas de internet de cualquiera de las cadenas televisivas, en especial de las autonómicas andaluzas.

Por último, y englobando todo, debemos fijar nuestra atención en la red, recurso infinito de informaciones de  todo tipo respecto al hecho que aquí tratamos.
Encontramos videos, audios, investigaciones, e incluso páginas web enteras dedicadas a la conmemoración del segundo centenario, donde podemos encontrar la información más relevante de lo acontecido, o incluso hacer visitas virtuales por el Cádiz de 1812 en un carruaje de caballos.
No ha sido menos el buscador Google, que en su insignia creó un doodle (animación del logotipo) dando a conocer a todos sus usuarios el día tan importante que suponía el 19 de marzo de este año, y qué aconteció doscientos años antes en las Cortes de Cádiz.

Sin dejar de lado las autonomías, llama la atención que se preste este aniversario incluso como reclamo turístico, en el caso de la ciudad gaditana, y patrocinado por la firma Andalucía.

O la Comunidad Valenciana, que bajo el lema “la implicación valenciana” ha creado una serie de anuncios publicitarios con la conmemoración del bicentenario, y de este modo, hace sentir a sus ciudadanos partícipes de aquel paso hacía el presente que hoy vivimos.

Por tanto, como podemos observar, la evolución no ha dejado paso al olvido, y hoy, más que nunca, se rememora aquel paso tan importante que se dio para la libertad de prensa. En la actualidad se ve reflejado como acto de agradecimiento en la cantidad de homenajes que se le hace a la Constitución desde todos los medios de comunicación posibles, para recordar así a la sociedad que la información que consumimos hoy en día es posible gracias a varios de los artículos presentes en La Pepa, y que con el paso de los años se han ido reformando pero, a pesar de todo, contienen la base de aquellos pilares que se formaron en Cádiz, hace ya 200 años.

http://www.rtve.es/alacarta/videos/telediario/constitucion-1812-pepa-se-proclamo-dia-como-hoy-oratorio-san-felipe-neri/1352974/ – espacio en el telediario de tve1

La Pepa en la Literatura, Teatro, Pintura y Cine

Como cabe esperar, aquella época era rica en artes, como cualquier otra. Y en España, a pesar de los vaivenes florecieron muchas obras, influenciadas además por la promulgación de La Pepa, ya que como hemos destacado en puntos anteriores, la libertad de imprenta o la libre expresión estaban reflejadas en los escritos de las Cortes de Cádiz.

Puesto que nos encontramos a principios del siglo XIX debemos recordar que las obras están enmarcadas en los movimientos ilustrados y neoclásicos; no obstante, empiezan a proliferar autores prerrománticos, que darían lugar más tarde a épocas del romanticismo, realismo y naturalismo.

Puede, por supuesto, relacionarse la creación de las Cortes de Cádiz por la influencia ilusionista del Siglo de las luces, movimiento artístico que precede a la Constitución.

Hemos de fijar, entonces, esta etapa como prerromántica.

Los ideales empiezan a cambiar, y esto se debe a las influencias de los filósofos ingleses como John Locke y Laurence Sterne, o los franceses Étienne Bonnot de Condillac, Jean-Jacques Rousseau y Denis Diderot. Empiezan a fomentar la insatisfacción de las ideas que no deja expresar las emociones, y empieza a surgir una reivindicación por los sentimientos.

Del neoclasicismo de los años constituyentes españoles, hay que destacar a Moratín y más avanzado, enmarcado en el movimiento prerromántico situaríamos a Jovellanos.

Una vez concluida la Revolución Francesa, se pone fin al proceso ilustrado, y esto provocaría que los innovadores se declinaran hacia el conservadurismo y la contrarrevolución, convirtiendo así, a la literatura en un vehículo de transmisión de las ideas, ideas de forma racional y a la par didáctica.

Es por esto que los escritores se convierten en personajes relevantes, cuya presencia será imprescindible en las reuniones. No obstante, estos dejaran de lado los sentimientos y la última finalidad de sus obras se basará en adoctrinar, esto es, ofrecer nuevas formas de conducta, para con ello mejorar y modernizar a la sociedad en la que vivían.

La poesía será un campo donde encuentre Gaspar Melchor de Jovellanos (1744-1811) su refugio. Destaca pues, en este ámbito por sus sátiras de reforma social, “Sátira a Ernesto”.

Además, también tiene lugar en este espacio poético Juan Meléndez Valdés (1754-1817) famoso por sus anacreónticas en torno a la alegoría del amor.

No obstante, a finales de la época, estos poetas inician una etapa más intimista y sentimental que la que venían tratando hasta la fecha.

En cuanto a la prosa, destaca el ensayo, siendo este una reflexión de asuntos diversos, pudiendo diferenciarse dos tipos: didáctico y humanístico.

Jovellanos destaca también en este ámbito, ya que escribió obras de educación cultural y de valores intelectuales. Tras su muerte, las Cortes de Cádiz le nombraron benemérito de la patria.

Además, también destaca la crítica, utilizada por los autores para satirizar vicios o costumbres de aquellos años.

A finales del siglo surge una corriente renovadora, siendo esta sensible y con ambiente idealizado y melancólico. Destaca José Cadalso (1741-1782) en esta materia, especialmente con “Noches lúgubres” y “Cartas Marruecas”.

Hay que recordar que, debido al asedio de los franceses, tanto en la Isla de León como en la ciudad de Cádiz, se prohibieron las representaciones teatrales desde febrero de 1810 hasta noviembre de 1811, tras un debate propiciado en las Cortes por Mexía Lequerica. Por otra parte, y respecto al teatro que predomina, se enmarcan las obras en dos tipos de género: la tragedia y la comedia.

En la comedia destaca Leandro Fernández de Moratín (1760-1828), que participó en las reformas de los teatros y defendió el neoclasicismo. Su obra más famosa, y por la que hay que destacarlo es esta sección será “El sí de las niñas”.

Respecto a la pintura, uno de los cuadros más famosos, en el contexto de las Cortes de Cádiz, y no por que se pintara en aquella época, es Promulgación de las cortes (1912), de Salvador Vinierga.

El pintor gaditano, quiso así conmemorar el primer centenario de la constitución, que se promulgó en su ciudad natal.

Así observamos que no solo estuvo presente la Constitución en su época, si no que tiempo después se sigue plasmando en obras pictóricas; esta en concreto reside en el museo de las Cortes de Cádiz.

No obstante, y remontando de nuevo a la época, hay que remarcar el carácter francés adquirido; con esto los pintores quieren mostrar la pasión, lo irracional, el desorden, el color…

Como pintor destacado en España debemos nombrar a Francisco de Goya (1746-1828), cuyas obras carecen de profundidad. Sin embargo, destaca por ser pionero en caminos artísticos y técnicos, por la calidad de su obra y el reflejo de la época.

Dos de sus cuadros más famosos son “El dos de Mayo” y “Los fusilamientos del tres de Mayo”; no obstante, y en relación con el tema aquí tratado, cabe destacar “Alegoría de la Constitución de 1812”, pintura que constituyó uno de los óleos de una serie de dos alegorías  relativas al progreso científico y económico. Conocida también como “España, el Tiempo y la Historia”, título más relativo respecto del original.

Glendinning, estudioso dieciochista, comenta así en una de sus obras una posible interpretación del cuadro del aragonés: “la alegoría quiere ver en la figura central a España y al anciano que la lleva una figura de la nueva época que comienza. Según ella España, con indumentaria blanca, lleva en la mano la Constitución de Cádiz de 1812 y en la otra un cetro, que significaría la superioridad de la Constitución sobre el régimen absolutista. En primer plano se situaría la Historia, también desnuda, pues la Historia debe ser verdadera, que anota el suceso a la vez que pisa el antiguo corpus jurídico periclitado. Según esta interpretación Goya abiertamente declara en 1812 (que es cuando se dataría según esta teoría el cuadro) como un liberal convencido y lo hace explícito, sin miedo a ver peligrar su posición como Primer Pintor de Cámara del Rey y apostando por «la Pepa» o Constitución de 1812.”

Como es obvio, y dado a la época en la que ocurrió el hecho que en este trabajo nos atañe, el cine no era un arte considerado, ya que surgió muchos años después. No obstante, y a pesar de ello, con el motivo de la celebración del segundo centenario, podemos destacar aquí algunas películas en las que se ha hecho eco la Constitución, así como también podemos destacar el importante papel que han hecho algunas productoras recopilando informaciones y entrevistas, y elaborando documentales, donde se recrea lo que ocurrió en el Cádiz de 1812.

En este espacio, vamos a destacar ocho filmes, las cuales se incluyeron en un ciclo de cine (El Doce en el Cine) que organizó la universidad de Cádiz para conmemorar el acontecimiento:

  • · Sangre de mayo (2007), de José Luis García, que es una versión libre de los Episodios Nacionales de Benito Pérez Galdós.
  • ·El abanderado (1943), de Eduardo Fernández Ardavín. Cuyo guión, de Luis Fernández Ardavín, fue premiado por el Sindicato Nacional del Espectáculo en 1942.
  • · Agustina de Aragón (1950), de Juan de Orduña.
  • · El mensaje (1953),de Fernando Fernán Gómez, donde cuenta la historia de Antonio, un guerrillero que se adentra en una peligrosa aventura contra los franceses con el fin de enamorar a la chica más guapa de su pueblo.
  • ·Lola la Piconera (1950), de Luis Lucía, destaca por su carácter folclórico y musical, además de los números musicales de Juanita Reina.
  • · Llanto por un bandido (1964), de Carlos Saura.
  • · La leyenda del tambor (1981), de Jorge Grau.
  • Y por último, destacar una película que ofrece como hilo conductor la colección de los grabados de Goya:
  • · Los desastres de la Guerra (1983) de Mario Camus, ya metidos de lleno en 1812 y con la proclamación de la Constitución de fondo.

 

http://www.rtve.es/alacarta/audios/historia-y-musica/historia-musica-viva-pepa-musica-constitucion-1812-20-04-12/1382257/ – la música de la época

http://www.rtve.es/alacarta/audios/hora-america/hora-america-cien-artistas-conmemoran-bicentenario-pepa-14-12-11/1273386/ – Audio, cien artistas conmemoran el bicentenario de La Pepa

Principales personajes políticos (perfiles biográficos)

Como era de esperar, en Cádiz se dio lugar cita a una gran cantidad de personajes, cuyos perfiles participarían en la promulgación de la primera constitución liberal. Esta corte, pues, estuvo formada por 300 diputados, que representaban a las provincias españolas, tanto de la península, como de las colonias;  90 eclesiásticos,  14 miembros de la nobleza, 49 políticos o altos funcionarios, 30 militares, 15 catedráticos, 20 personas muy influyentes de la sociedad y 8 grandes comerciantes.

No obstante, y a pesar de la cantidad de gente que se reunió en aquellas Cortes, hemos de destacar a personajes que fueron más relevantes que otros, los cuales vamos a enmarcar en sus perfiles biográficos y a realizar un pequeño resumen de su actuación en Cádiz, o de su papel en la España de 1812.

 

José I Bonaparte (1768 – 1844)

Nació un 7 de enero en Corte en la isla de Córcega. Hermano del emperador Napoleón I Bonaparte.

Cumple un papel principal en la creación de la constitución de 1812. Tras la abdicación en Bayona, tanto de Carlos IV como de Fernando VII, Napoleón Bonaparte adquiere todos los derechos. Este redacta una constitución nueva basada en el Código Napoleónico (Constitución de Bayona). Tras ello, el 5 de mayo de 1808 nombra a su hermano, José Bonaparte como Rey de España, pese a que él no quería por evitar discusiones con Joaquín Murat, su cuñado.

El 20 de julio de 1808 entró en Madrid, ya como José I, escoltado por un gran número de militares ya que España se encontraba en pleno levantamiento contra el gobierno francés. Ante tanto revuelo, Napoleón se dirigió hacia España con un gran ejército hasta conseguir la “rendición” del pueblo español.

Desde su nombramiento, José I no fue querido por el pueblo ya que le veían como un invasor no legitimo del gobierno. En 1812, con la constitución de las Cortes de Cádiz, trato de conseguir un acuerdo con ellas, pero fracasó totalmente debido a las derrotas francesas en diversas batallas, como la de Arapiles. Gracias a estas victorias, el pueblo español se siente más fuerte y en la campaña de 1813 derrota al ejército francés hasta que deciden abandonar España definitivamente.

A finales de este mismo año, Bonaparte firmó el llamado tratado de Valencia por el cual se le devuelve el trono de España a Fernando VII. Pero las cosas no volverían al régimen anterior, gracias a la guerra de la Independencia, los españoles sienten aires de modernidad y de poder, que se expresarían en la creación de la Constitución.

 

 

Antonio Larrazábal (1769 – 1853)

Fue elegido por el cabildo de  Guatemala para representar a esta misma en las Cortes de Cádiz. Junto a Florencio del Castillo, fueron los dos únicos representantes de Centroamérica. Además, desempeñó como uno de los once diputados representantes de las provincias de Ultramar.
Tuvo un gran papel en las Cortes, ya que lo eligieron, por su inteligencia, como presidente y diputado permanente en Cádiz.
La importancia de este personaje, radica en la declaración de derechos y el proyecto de Constitución que aportó, ya que esto serviría posteriormente para entender la historia de muchos de los países de Centroamérica.
Defendería por tanto en aquellas Cortes por la libertad de imprenta, la supresión de castigos y la tortura de la pena de horca a los indígenas. Además de luchar por incrementar la educación pública o abolir las ventas de los empleos.

Es por esta actitud, que al regreso de Fernando VII del exilio, es condenado a seis años de cárcel, pena que acabará de cumplir en su Guatemala natal.

 

 

Fernando VII (1784 – 1833)

El Rey Fernando VII, “el deseado”, como solían llamarle, tuvo que abdicar en sus comienzos a Napoleón Bonaparte.

Tras su regreso, cuando fue expulsado José I con el tratado de Valençay, pese a haberse sentido apoyado por todo el pueblo español que se había sublevado y quería un régimen más liberal, decidió retomar un régimen absolutista.

Desde su llegada en 1814 hasta el año 1820 anuló la Constitución de Cádiz y comenzó a perseguir a todos sus seguidores imponiendo el absolutismo. En el 1820 se produjo un pronunciamiento militar que propició el inicio del Trienio Liberal, donde se vio obligado a aceptar la constitución aprobada en Cádiz. Mientras los liberales estaban en el poder, el Rey conspiraba para retornar al absolutismo. Consiguió su propósito gracias a que pidió ayuda a la Santa Alianza, que envió a los llamados “Cien Mil Hijos de San Luis”, un ejército muy poderoso que retorno el Antiguo Régimen a España en el 1823.

Por último, encontramos la llamada Década Ominosa donde el Rey se centro en una política menos absolutista lo que propició una gran insatisfacción entre los más absolutistas que dejaron de darle su apoyo.

 

Gaspar Melchor de Jovellanos  (1744 – 1811)

La historia remonta el papel de Jovellanos a mayo de 1808, cuando es excarcelado, y en Aranjuez se crea la Junta Central, donde éste representaría a Asturias. La Junta encargó a cinco de sus miembros la creación de un reglamento. Según Miguel Artola, historiador y miembro de la Real Academia de la Historia; “Jovellanos, que tenía un completo proyecto político, entró de fondo en el debate. Negó poder a la Central «para alterar la constitución del Reino» y propuso el aplazamiento de las Cortes hasta el otoño de 1810. No explicó la razón de semejante demora. Necesitaba estos dos años para preparar un proyecto de Constitución y un paquete legislativo que contendría las reformas necesarias en la Hacienda, la enseñanza pública y la reforma de la Iglesia. Pensaba someter todo este material a las Cortes, con la esperanza de que éstas lo aprobasen y no se convirtiesen en una Convención como la francesa, que no habría modo de controlar. La propuesta de Jovellanos no tuvo consecuencias inmediatas y, si las tuvo, no tenemos noticia por la pérdida del archivo.” El texto del que habla es la justificación política a su actuación en la Junta Central, Memoria en defensa de la Junta Central.

Seis meses después, en Sevilla, se concluyó la formación en el seno de la Junta de una Comisión de Cortes, que trataría de su composición y facultades. “Jovellanos, que defendía sin éxito un sistema bicameral y estamental, renovó sus instancias para evitar el derrape político. Para limitar el debate en las futuras Cortes, la Comisión creó juntas auxiliares: de Legislación (constitucional), y las propiamente legislativas de instrucción, hacienda y eclesiástica. Jovellanos dio a cada una las instrucciones pertinentes, de acuerdo con sus propias ideas. La unidad constitucional de la Monarquía era el aspecto más destacado de su obra.” Y “aunque Jovellanos había triunfado en el último momento, no se convocó a los estamentos privilegiados, con lo que las Cortes serían unicamerales”.

Finalmente, el escritor, jurista y político ilustrado moriría cuatro meses antes de la celebración de las Cortes de Cádiz.

 

 

General Riego (1785 – 1823)

Este general tuvo un papel existencial en la implantación de las ideas relacionadas con la Constitución de 1812. Dio un golpe de estado con los militares progresistas el 1 de enero de 1820 en Cabezas de San Juan con el que termina el gobierno totalmente absolutista impuesto por Fernando VII y se establece el llamado Trienio Liberal (1820 – 1823), basado en un estilo de gobierno liberal. En estos años, se encuentra fuertemente apoyado por Juan Álvarez Mendizábal, que posteriormente sería ministro de Hacienda en diversas ocasiones. Tras la toma de poder, ejercieron el mando según lo establecido anteriormente en las Cortes de Cádiz mediante las leyes y decretos de la constitución de 1812 llevándola por fin a utilización en España.

Finalmente, tras tres años y medio en el poder, el 7 de noviembre de 1823 el general Riego murió ahorcado por orden expresa de Fernando VII. Tras ello el Rey acude a la Santa Alianza, que envió a “Los cien mil hijos de San Luis” que retoman España de nuevo, acabando así con cualquier tipo de gobierno liberal.

 

 

Esteban de Palacios y Blanco (1768 – 1830)

Fue diputado representando a Madrid a partir de 1810.

La idea central de su pensamiento era la igualdad de derechos de los españoles peninsulares con los americanos. En general, su vida política giró en torno a las reformas de Ultramar para que consiguieran más derechos, como la abolición de la esclavitud.

También participó en la comisión que debía elaborar el decreto sobre la libertad de imprenta, la cual cosa defendió con muchos más diputados.

 

 

Ramón Power (1775 – 1813)

Nació en San Juan el 27 de octubre de 1775 y murió en Cádiz el 10 de junio de 1813 a causa de la fiebre amarilla.

Participó como capitán de fragata en la campaña del Rosellón tratando de recuperar la parte española de Santo Domingo perdida ante Francia por el Tratado de Basilea. Además fue nombrado miembro de la Junta Superior de Gobierno tras la invasión francesa. Por último, fue el único diputado americano presente el día 24 de Septiembre de 1810 en las Cortes Extraordinarias.

 

 

 

Diego Muñoz Torrero (1761-1829)

Nació en Badajoz, Cabeza del Buey, el 21 de enero de 1761 y falleció en 1829 en Lisboa.

Fue una de las figuras más importantes de las Cortes. Se le nombró diputado por Extremadura el 23 de Julio de 1810. Uno de los hechos más importantes de Diego Muñoz, fue la realización de un discurso donde propondría la división de poderes, la soberanía nacional y la nulidad de las renuncias de Bayona, con lo que se le reconocía a Fernando VII como Rey legitimo de España.

Se le eligió como Presidente de las Cortes y Presidente del grupo destinado a la redacción del Proyecto de Constitución a su traslado a Cádiz el 24  de marzo de 1811.

Pasó unos años en la cárcel y tras su liberación en 1820 empezó a formar parte de la Junta Suprema de Coruña. Fue elegido una vez más como diputado en las cortes de Extremadura, presidiendo la Comisión Permanente. Por último, en 1828 fue encarcelado de nuevo en Lisboa hasta su muerte al año por culpa de los malos tratos sufridos.

 

 

Florencio del Castillo (1778 – 1834)

Nació en Ujarras de Cartago el 17 de Octubre de 1778 y consiguió llegar a ser diputado por la ciudad de Cartago, Costa Rica. Se le eligió el 10 de octubre de 1810 pero no obtuvo su cargo hasta el 29 de junio de 1811 para sustituir a Nicolás Carrillo.

Fue el encargado de los asuntos ultramarinos para tratar de conseguir una mayor igualdad en aspectos sociales y políticos entre España y América.

Pasó por diferentes cargos siendo Secretario, Vicepresidente y finalmente
Presidente de las Cortes el 24 de mayo de 1813, fue también uno de los firmantes de la constitución.

Al término de su carrera política volvió a Méjico para realizar labores religiosas. Finalmente, murió el 26 de noviembre de 1834 en Oaxaca.

 

 

Agustín de Argüelles y Álvarez González (1776-1843)

Es uno de los diputados más importantes de las Cortes de Cádiz. Es considerado como uno de los propulsores de la Constitución de 1812. Nació el 28 de agosto de 1776 en Ribadesella y falleció en 1843 en Madrid.

Durante su vida, fue variando de lugar vivió entre Barcelona y Madrid hasta su instalación en Sevilla. Una vez aquí ejerció como secretario de la Junta preparatoria para la reunión de Cortes. Fue elegido el 20 de septiembre de 1810 y corroborado por las Cortes el 11 de febrero de 1811 como el primer diputado por parte de Asturias pese a ser suplente.

Fue encarcelado en 1814 con la reacción absolutista ya que él era un claro partidario de la abolición de la trata de negros y de la libertad de prensa. Durante su presidio, se encontró la revolución de 1820.

Además de diputado, durante el Trienio Liberal, fue ministro de gobernación, pero al final decidió irse a Inglaterra debido a problemas con el Rey. A su regreso a España, vuelve a ser elegido como diputado por Asturias para las Cortes de 1822-1823 y tras el fallecimiento del Rey Fernando VII se le nombra procurador en las Cortes del Estatuto Real.

Por último, fue uno de los elaboradores de la Constitución de 1837 y fe nombrado tutor de las hijas de la Reina María Cristina (Dª Isabel y Dª María Luisa Fernanda) tras su destierro de España.

 

 

 

Evaristo Pérez de Castro (1778 – 1848)

Fue diputado en las Cortes de Cádiz ya que reclamó incesantemente la soberanía nacional.

Ejerció como primer secretario en las Cortes y accedió  el 24 de septiembre  al decreto de constitución.  Estuvo presente en Bayona para entrevistarse con Fernando VII por lo cual le hicieron preso las tropas de Napoleón.

Varió de posición en el gobierno. Primeramente fue diputado en 1814 y más adelante, del 1817 a 1820 ejerció de ministro y ministro de gracia y Justicia durante el trienio liberal. Más adelante, tras la Década Ominosa retoma su carrera política como diplomático ya que había tenido que exiliarse durante la represión de Fernando VII.

Ya en 1837 la reina María Cristina lo nombra presidente del consejo de Ministros. En su etapa en el gobierno, crea una ley electoral muy favorable para el pueblo.

Por último, su decadencia en el poder llega hasta tal punto de tener que emigrar hasta Francia al llegar Espartero a regente.

 

 

 

Francisco Mateo Aguiriano y Gómez (1742 – 1813)

Fue elegido diputado por la Junta Superior de Observación y Defensa de Burgos llegando a ser abogado del Consejo Supremo de Castilla.

A partir de 1771 se le nombró fiscal del Concilio Provincial Mejicano gracias a que fue destinado allí como organizador fiscal.

Tras su regreso a España se le nombro presidente de la Sociedad Económica Riojana, de la cual fue sustituido por sus ideas contrarias a la idea de que el  Gobierno estuviera en manos de los franceses.

Trato de que las Cortes de Cádiz no representaran una ruptura con el pasado votando en contra de la soberanía nacional. Tras ello formó parte de diversas delegaciones eclesiásticas hasta su muerte el 9 de Septiembre de 1813 en el puerto de Santa María.

 

 

 

Ramón Lázaro de Dou y de Bassols (1742 – 1832)

Nació el 11 de febrero de 1742 en Barcelona, fue el primer presidente elegido de las Cortes el día 24 de Septiembre de 1810, sustituyendo así a Benito Hermida, Presidente provisional.

Fue un hombre con pensamiento moderadamente conservador pero reformista, que voto por la soberanía nacional y fue uno de los firmantes de la Constitución. Además participo en la mayoría de los debates acerca de las reformas que incluiría la Pepa como la libertad de imprenta o la reforma de la Hacienda.

Cuando se anuló la constitución se unió al gobierno de la Universidad hasta su muerte el 14 de diciembre de 1832.

 

 

 

José María Calatrava Peinado (1781 – 1847)

Nació en Mérida el 26 de febrero del 1781. Fue miembro de la Junta y capitán de voluntarios en 1808 en la Guerra de la Independencia. Además, fue a ser elegido diputado suplente por Extremadura hasta que adquirió su plaza como diputado en las Cortes el 1 de noviembre de ese mismo año. Fue progresando en su carrera pasando en 1811 como Secretario de las Cortes y más adelante como Vicepresidente.

En 1822 es ministro de Gobernación y un par de años antes fue elegido diputado y miembro del Tribunal Supremo de Justicia y Presidente de las Cortes. También adquirió el titulo de ministro de Gracia y Justicia en el 1823.

Retomó la Presidencia del Gobierno tras el pronunciamiento de Los Sargentos en la Graja e intento recuperar ciertas leyes de la Constitución de 1812. Retoma la presidencia de las Cortes en 1839 hasta 1843 cuando se retira de la vida política hasta su fallecimiento en 1847 en Madrid.

 

http://www.rtve.es/alacarta/audios/hispanorama/hispanorama-598-07-diputados-americanos-cortes-cadiz/1450158/ – Audio, diputados americanos en las Cortes de Cádiz

Principales puntos recogidos en la Constitución

La constitución de Cádiz estaba compuesta por 10 títulos y un total de 384 artículos basados en el liberalismo.

Históricamente, los aspectos más relevantes introducidos por esta constitución fueron:

En primer lugar, encontramos que la Constitución de 1812 manifiesta que la soberanía reside fundamentalmente en la nación española, que desde ese momento, esta entendida como la unión de todos los españoles, tanto los peninsulares como los de las diferentes colonias. Por tanto, pertenece a esta unión exclusivamente el derecho de establecer las leyes fundamentales del reino. De este modo, se establece también que la Nación española es libre e independiente, lo que quiere decir, que no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

Otro de los principios más destacados fue la organización política. La Pepa, estableció la separación de poderes. Encontramos, por tanto, una división entre los poderes legislativo, judicial y ejecutivo.

El primero de estos reside en las Cortes (unicamerales) junto con el Rey. El monarca podía promulgar y vetar las leyes (mediante el veto suspensivo hasta un máximo de dos veces cada tres años). El poder judicial se encontraba plenamente en los tribunales, y por último, el poder ejecutivo, que si era dirigido por el Rey, pero con una gran cantidad de limitaciones. Algunas de estas limitaciones son que sus ordenes han de ser validadas por el ministro correspondiente, en ningún caso puede disolver las Cortes, la política exterior ha de ser supervisada por la Cámara o el nuevo sistema de nombramiento de ministros, el cual está basado en “la doble confianza”, es decir, a parte de la decisión del Rey, las cortes deben estar conformes con la decisión.

Todas estas reformas, supusieron que el monarca no tuviera el control absoluto. La soberanía y poder supremo que hasta ahora poseía el Estado pasa ahora a la Nación.

Encontramos el llamado derecho de representación, es decir, la Nación puede ejercer su poder mediante sus representantes en las Cortes, las cuales se reunían durante un mínimo de tres meses al año y disponían de un mandato de dos años a partir del 1 de marzo. Los diputados eran elegidos mediante sufragio universal masculino indirecto, es decir, podían votar los mayores de 25 años, que escogían a unos compromisarios, y estos elegían definitivamente a los diputados. Sin embargo, existían una serie de requisitos para poder ser candidato a diputado: se debía tributar a Hacienda una renta anual procedente de bienes propios y ser españoles. Por tanto, al final, el Parlamento seguía en manos de las clases adineradas.

Por otro lado, la constitución establece un Ejército permanente, regulado por las Cortes, tanto en los efectivos, como en dotación y ordenanzas. Además del ejército, se instaura la Milicia Nacional cuyos objetivos eran reforzar al Ejército en guerra y defender el Estado liberal. Estaba organizada por provincias y dependía directamente de las Cortes y del Rey.

Respecto a la religión, se declaró como única religión permitida era la católica pese a que se abolió el Tribunal de la Inquisición en 1813. Este aspecto tan poco acorde con el espíritu liberal de la constitución de 1812 se debe a la necesidad de apoyo por parte del clero contra la invasión francesa. Aunque la Iglesia vio como se le expropiaban algunas tierras para ponerlas en manos de burgueses. Lo que propicio la creación de latifundios pues la mayor parte de las tierras estaba regida por burgueses o nobles, a los cuales no se les quitaron tierras. Sin embargo, decidieron suprimir privilegios de la nobleza que atentaban contra los derechos de los ciudadanos.

Además, la Constitución reconoce los derechos individuales tales como la educación, libertad de imprenta y de expresión y la inviolabilidad de la propiedad, domicilio y libertad. Además, se impone la igualdad de ciudadanos ante la ley, tratando así de abolir los privilegios estamentales.

Por último, resumimos en este esquema la organización de los artículos más importantes:

  • · Igualdad de los españoles de ambos hemisferios (Artículo 1)
  • · Derechos civiles (Artículo 4)
  • · La ciudadanía (Artículos 18 a 26)
  • · Libertad de opinión y prensa (Artículo 371)
  • · Defensa de la Patria (Artículo 9)
  • · Las Cortes, el Rey y la Justicia (la separación de poderes) (Títulos 3, 4 y 5)

 

http://www.youtube.com/watch?v=o6znyQOHh_o&list=UULsMe8-FI5t06h-xg66pRbA&index=1&feature=plcp – Vídeo con puntos importantes de la constitución de 1812 de los que seguimos haciendo uso hoy en día.

http://www.rtve.es/alacarta/audios/documentos-rne/documentos-rne-constitucion-cadiz-espejismo-libertad-01-10-11/1215674/ – Audio, la Constitución de 181, Un espejismo de libertad.

http://www.ivoox.com/otra-cara-de-la-pepa-la-audios-mp3_rf_1016384_1.html – Audio de critica a la Constitución de 1812, por Félix Rodrigo Mora.

Vinculación con la situación de las colonias americanas

El reino Español estaba formado, además de la España como la conocemos hoy en día, también por las colonias no peninsulares, pertenecientes en su mayoría al continente americano. Son estas colonias en las que va a afectar, tanto la constitución de las Cortes de Cádiz, ya que ahí se darán cita diputados enviados de la mayoría de las colonias, como su posterior promulgación, ya que esto desencadenará un proceso de independencia.

Históricamente se habían conquistado, y ahora estaban bajo el poder español. No obstante y por culpa de la lejanía entre la península y las colonias aparece un deseo de gobierno propio en la casi totalidad de las provincias americanas ya que la comunicación con el rey era escasa.

El principio de estos aires de independencia y gobierno propio surgen tras ver el ejemplo de sus vecinos del norte, con la Guerra de la Independencia de EEUU. Este anhelo, se verá reforzado con la Guerra de la Independencia (1808 – 1814) dada en España contra el ejército francés. A raíz de la ausencia de rey legítimo en España, debido a la imposición de José I por parte de Napoleón, España crea gobiernos en cada una de las provincias españolas, ya fueran peninsulares como ultramarinas. Gracias a este autogobierno provisional las provincias americanas crean un sentimiento de resistencia e independencia hacia el gobierno español peninsular.

Tras el gobierno dividido en provincias, llega la vuelta de Fernando VII, que impuso de nuevo el absolutismo y la centralización del poder a sí mismo. Este retroceso, promueve todavía más estas ideas y este anhelo de independencia. Estas ideas surgen principalmente de los llamados criollos, es decir, hijos de españoles que habían sido enviados a América, de aristócratas o de militares que habían luchado en la Guerra de la Independencia contra los franceses.

Dada la conciencia de las colonias de la debilidad española, por las guerras napoleónicas, en 1811 Venezuela se declara independiente, siguiendo este ejemplo Paraguay, y en 1812 lo haría Argentina.
Prácticamente, a raíz de esto, todas las colonias americanas tratan de lograr la independencia que produce una guerra, primero de carácter interno, y más adelante con los españoles peninsulares. Podemos decir que fue de carácter interno debido a que no todos los habitantes de la zona querían la independencia: una parte de estos quería seguir siendo fieles al Rey mientras que la otra parte quería poder ser un estado independiente con autogobierno.

La situación de incertidumbre en la que se encontraba España tras la Guerra de Independencia francesa, causada por la diversidad de pensamiento para poner un estilo de gobierno entre los absolutistas y los liberales favorece la independencia de las colonias.

El golpe definitivo a la unión de la península y las colonias en un único esta se da en 1820 cuando las tropas que estaban designadas para ir a ultramar, cuyo mayor mando era el General Riego, deciden sublevarse para tratar de conseguir el fin del régimen absolutista de Fernando VII y volver a establecer la Constitución de 1812.

Tras estos sucesos únicamente Cuba, Puerto Rico por parte de América continúan perteneciendo al reino de España. Esto es debido a que estas islas fueron las primeras en ser colonizadas y al gran número de españoles con negocios económicos fructíferos que tenían su vida allí. Por otro lado, encontramos la situación de las Islas Filipinas, situadas en el Pacífico, que también continúan ligadas a la península pero en este caso es debido a que no habían llegado esos aires de independencia por la lejanía que se encontraba entre ellas y las islas americanas.

Pese a la lealtad demostrada por estas islas al reino, el Rey sintió gran desconfianza y no les permitía su participación en el parlamento (exceptuando diversos periodos como de 1812 a 1814 o en el trienio liberal), imponiendo un poder absoluto por parte de Capitanes Generales (en representación del Rey). Este control por parte del Rey y la falta de derechos pese a estar considerados españoles proliferó que aquí también surgieran aires de libertad y autogobierno entre el pueblo. Sin embargo, los altos cargos de poder económico se negaron a ello.

 

http://www.youtube.com/watch?v=db36E0UMHgUVídeo del mapa, con fecha de la independencia de las colonias americanas.

http://www.ivoox.com/corria-ano-la-guerra-independencia-audios-mp3_rf_927777_1.html – Audio de la Guerra de Independencia española

Antecedentes sociopolíticos en España que llevan a la redacción de la Constitución

La constitución de 1812 fue el resultado de una nueva ideologia liberar surgida en el siglo XVIII.

En esta época, España tuvo que afrontar diversas guerras contra Francia (1793 – 1795), Gran Bretaña (1976 – 1802) y una segunda guerra contra estos entre 1805 y 1808. Por último, también se encontró conflicto bélico contra Portugal (1801).

A causa de estras guerras, el estado español cae en una progunda crisis que da lugar a implantación de las ideas ilustradas surgidas con la Revolución Francesa (1789). Esta ideología, afectó mayoritariamente a los miembros de la Iglesia, ya que se les obligó a contribuir con impuestos y a la nobleza, que perdió gran parte de sus privilegios.

Napoleón estaba en guerra contra Portugal, por lo que trato de acceder al país atravesando España. Para conseguir su propósito, el Rey Carlos IV firmó el tratado de Fontaineblau, que autorizaba a Napoleón a atravesar el país. Sin embargo, Napoleón no cumplió su trato lo que provocó un descontento general que llevo a que el 17 de marzo de 1808 se produjera en España el motín de Aranjuez, donde el rey Carlos IV abdicó el trono español en su hijo Fernando VII. El nuevo Rey decidió trasladar su residencia a Bayona, donde, el 6 de Mayo tendría lugar la “Farsa de Bayona”. En ella, Fernando VII decide devolver el trono a Carlos IV, el cual decide cedérselo a Napoleón, siendo este último quien decidiera finalmente proclamar a su hermano, José I, rey de España.

Esta sucesión de acontecimientos, provocaron en el pueblo español una ambición por conseguir mayor numero de derechos y un sentimiento de fidelidad hacia Fernando VII, en contra del gobierno francés (establecido de forma no legitima) de José I que provocó un levantamiento en Madrid el día 2 de Mayo. Pese a los intentos de los españoles, se vieron avasallados por el ejército francés hasta rendirse el 4 de diciembre recibir a 250.000 soldados, “Gran Armée” por parte de Napoleón Bonaparte.

A lo largo de toda la guerra de la independencia, fue Cádiz la única ciudad que consiguió resistirse al ejército francés, gracias principalmente a la ayuda de Inglaterra. Siguiendo la resistencia que opuso Cádiz, los pueblos iniciaron una guerra de desgaste, es decir, paisanos armados cuyo objetivo era tratar de mantener en tensión a los franceses. Estos paisanos crean las llamadas Juntas Provinciales, que organizan la guerrilla. Esta guerrilla está caracterizada por un tipo de táctica característica, basada en tender emboscadas al enemigo aprovechándose de su conocimiento del terreno, centrándose principalmente en atacar abastecimientos, convoyes de armas y líneas de comunicación consiguiendo así hundir la moral del enemigo.

Contra todo pronóstico, Napoleón retiró las mejores unidades de su ejército de España, con lo que el pueblo español pudo ganar la batalla de Victoria y obligar a Napoleón a firmar el Tratado de Valencia por el cual José I deja de ser rey y se corona a Fernando VII.

Posteriormente, el 25 de septiembre de 1808, se decidió fundar una Junta Central que reunía a todas las Juntas anteriores y se caracterizaba por una idea de soberanía popular. De nuevo, esta se encargaba de regir la resistencia contra los franceses y posteriormente, de organizar el país. La Junta Central se estableció en un primer momento en Aranjuez, y luego en Sevilla, donde se encontraban representantes de todas las Juntas Provinciales.

Dentro de la Junta Central, se podían observar claramente dos corrientes. La primera de estas, cuyo principal representante era Jovellanos, quería restablecer el gobierno anterior, es decir, con poderes absolutos para la monarquía. Por otro lado, en la segunda corriente se trataba de vanguardistas liberales que defendían la implantación de los principios de la Revolución Francesa, tratando de eliminar la monarquía.

A principios de mayo del 1809, se convocó  la formación de Cortes no estamentales, donde los diputados serían elegidos popularmente. Sin embargo, no es hasta el 1 de enero de 1810 cuando se firman definitivamente las convocatorias de Cortes tanto en la península como en las colonias españolas para escoger diputados.

El 24 de septiembre 1810, las Cortes se instalaron en el teatro de de isla de León para posteriormente trasladarse al oratorio de San Felipe Neri en Cádiz. Una vez ya ubicados, emitieron un Decreto que declaró por un lado, la división de poderes del Estado, alejándose de los principios del Antiguo Régimen, y por otro, la soberanía nacional. A mediados de octubre del 1810 establecen la igualdad de derechos y representación entre los españoles de América y los peninsulares, consiguiendo la eliminación de la encomienda y la mita, algo que convirtió este hecho en algo muy significativo para las colonias americanas. Por último, se hicieron concesiones económicas, que facilitaron los sectores primarios como la agricultura y pesca que incluye la habilitación de puertos, y además,  se suprimieron los mayorazgos.

Finalmente, la Constitución fue aprobada el 19 de marzo de 1812 y  tuvo tres periodos de vigencia: desde marzo 1812 a marzo 1814, enero 1820 a noviembre 1823, y por último, desde agosto 1836 a junio 1837.

http://www.rtve.es/alacarta/audios/hispanorama/hispanorama-584-02-doscientos-anos-constitucion-cadiz/1359214/ – Audio, “200 años de la Constitución”

Objetivos

Anunciábamos en la Introducción de que iba a tratar, o en que iba a consistir este trabajo. No obstante, ahora elaboraremos una serie de objetivos en los cuales centrar nuestra investigación, de tal modo que la misma dé sus frutos y podamos hallarnos ante la respuesta de todas las preguntas que ahora se prestan.

Esperamos, por tanto, que siguiendo una serie de pautas logremos componer, pieza a pieza, este enorme puzle que la historia de nuestro país nos ha brindado, y que tenemos por suerte el celebrar este 2012 el aniversario del segundo centenario de uno de los acontecimientos insigne de España, como es la Constitución de Cádiz de 1812.

Como es obvio, el primer objetivo a batir es la Constitución en si, ya que en base a ella va a girar el resto de información; y va a ser tanto punto de partida, como de llegada. Para lograrlo, analizaremos primero se importancia, tanto por ser la primera constitución española, como por ser la primeras de carácter liberal en Europa, lo que ha supuesto que sea un ejemplo a imitar.
Asimismo, y para llegar a comprender la historia que nos atañe, tendremos que indagar en los acontecimientos que precedieron a la famosa promulgación, para así poder saber cómo es posible que se dé la situación que se dio hace 200 años en la ciudad andaluza, y por tanto que factores se dieron para provocar dicha situación. En resumen, situar un marco histórico en torno al acontecimiento.

Una vez elaborada la base, sabiendo qué importancia tiene el tema que tratamos, y sus antecedentes, será momento de analizarla desde otra perspectiva más directa. Esto es, sabiendo cómo se crea, analizando los personajes que allí se dan cita y se saldan con l promulgación de la primera constitución liberal; y, obviamente, destacando los puntos más relevantes tratados en las Cortes de Cádiz, para poder encontrar una respuesta clara y concisa de cara a saber por qué fue tan importante, y además, por qué a raíz de aquella constitución han tenido base las sucesivas.

Con todo sobre el papel, seremos capaces de analizar su repercusión, sobre todo en la sociedad de principios del siglo XIX. Qué carácter sociológico tuvo, y como influyó en el comportamiento de la gente, o como los artistas, plasmaron el reflejo de este acto en sus obras. Habrá que ver cómo lo reflejan, o si por el contrario, fueron ellos, mediante las corrientes artísticas de la época, quienes influyeron en la creación de La Pepa.

Por último, ya que tratamos de darle un sentido periodístico, además del análisis documentativo a elaborar, sería conveniente hablar de los medios de comunicación.
Los de la época y de los de ahora. Cómo la prensa abordó la noticia, ya que por entonces era la única forma de comunicación informativa; y cómo hoy en día se rememora, tanto en televisión, como en prensa, radio o internet, este acontecimiento que dio lugar a la Constitución de 1812.

Ahora, con esto concretado, podemos dar lugar a la investigación, con tanto, por descontado, que una vez inmersos en la elaboración del contenido de la tarea, podemos encontrar más hilos de los que tirar, y por ende, más puntos a desarrollar de los aquí anteriormente expuestos.

Por último, no podemos olvidar que debemos documentar y enriquecer la información con contenidos gráficos, auditivos y audiovisuales, que ayuden al lector a comprender y a complementar la información.

 

http://www.youtube.com/watch?v=GZnB7bzCrjc – Video del monumento a las Cortes

http://www.rtve.es/alacarta/audios/programa/dias-como-hoy-significado-historico-pepa-debate/1352727/ – Audio, significado histórico de La Pepa

http://www.rtve.es/alacarta/videos/parlamento/parlamento-homenaje-pepa-24-03-12/1358161/ – Vídeo documental de la celebración del bicentenario, en tve1

 

Introducción

Este trabajo documental tiene lugar, coincidiendo con el vigesimosegundo aniversario de la promulgación de las Cortes Generales celebradas en Cádiz de forma extraordinaria, y que dieron como fruto la aprobación de la Constitución de 1812. Considerada esta la primera constitución liberal y democrática, así como un modelo a seguir por las sociedades europeas.

En el cuerpo del trabajo se llevará a cabo un extenso estudio desde la situación previa a esta aprobación histórica, como a sus consecuencias, tanto a nivel nacional como internacional, pasando además por si influencia en varios aspectos artísticos.

Cabe destacar que la situación vivida en Cádiz, aquel 19 de marzo de hace 200 años fue promovida por una sociedad diversa. Teniendo en cuenta que por la situación geográfica de la ciudad, se daba un censo de diversa etnia, así como cultural. Podríamos decir incluso, que era la ciudad española donde convivían más ciudadanos de diversos países, y por tanto, el pensamiento liberal ejercía un papel fundamental.
Además, analizando a los principales actores, denota el nivel intelectual que poseían, pues en su mayoría eran eclesiásticos, y no podemos olvidar el papel que desempeñaba la iglesia por aquel entonces, esto es que muchos de los escritos y libros los poseía la Iglesia, y por lo tanto solo tenían acceso a ellos las personas que se ordenaban en la misma.

El hecho de que esta Constitución sea tan rememorada, no es por la utilidad que se le dio en en su día, ya que fue abolida e instaurada tres veces, si no, porque fue la primera constitución promulgada en España, y por que además sirvió de ejemplo a las posteriores constituciones de corte liberal que se dieron en Europa.
Como bien hemos señalado, esta constitución permaneció en vigor hasta en tres etapas distintas. Primero, desde el 19 de marzo de 1812 hasta el 4 de mayo de 1814; más tarde, durante el Trienio Liberal (1820-1823); y finalmente de 1836 a 1837, año en el cual vería la luz la Constitución de 1837, cuyos escritos conservaban gran parte de los artículos más progresistas que contenía su antecesora.

La constitución que está en vigor actualmente en España es la que tuvo lugar en 1978.

Por finalizar con este apartado, y dar lugar a la lectura de los frutos de la investigación, relatar una curiosidad, como es la posible razón por la cual a esta constitución se le conoce popularmente como “La Pepa”, y esto es porque fue promulgada el día de San José.

 

http://www.youtube.com/watch?v=jYhKL9rYtFA&list=UULsMe8-FI5t06h-xg66pRbA&index=2&feature=plcp – Vídeo resumen del acontecimiento